De un vistazo
Reglas generales para todos los dependientes
Antes de entrar a “hijo” o “familiar”, estas reglas aplican a casi todos los casos.
Fuente: Publicación 501 del IRS
- Ciudadanía / residencia: por lo general, ciudadano o residente de EE. UU., nacional de EE. UU., o residente de Canadá o México.
- No doble reclamo: no puede ser reclamado por otra persona el mismo año (si ocurre, aplica el desempate del IRS).
- Declaración conjunta: normalmente no puede presentar conjunta con cónyuge (salvo excepciones para reclamar reembolso).
- Categoría: debe encajar como hijo que califica o familiar que califica.